El respeto y apego a los derechos humanos podría quedar a la deriva si se aprueba una reforma a la Carta Magna de México.
El pasado 03 de enero, el diputado del Partido de la Revolución Institucional (PRI), Francisco Agustín Arroyo, propuso hacer una modificación al artículo primero de la Constitución de México en lo referente a los Derechos Humanos.
De inmediato, varias organizaciones defensoras de los derechos humanos, entre ellas la Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos, Todos los Derechos para Todos, el Instituto para la Seguridad y la Democracia, así como Hacia una Cultura Democrática, protestaron porque la iniciativa de Arroyo podría poner en peligro “los avances logrados”. El argumento central es “el debilitamiento de la democracia mexicana”.
Clara Jusidman, luchadora social y defensora de los derechos humanos, explica los bemoles de la propuesta priísta: “En el año 2011 se logró en México que el concepto y el enfoque de derechos humanos quedara incorporado a la Constitución mexicana.
Anteriormente nuestra Carta Magna hablaba de garantías individuales y con la reforma constitucional del año 2011, el artículo primero habla de los derechos humanos y sus garantías”.
De acuerdo con Jusidman, “la modificación al artículo primero lograba darle igual jerarquía en la Constitución mexicana a todos los tratados que en materia de derechos humanos ha firmado y ha avalado México. Se supone que esos tratados antes de ser firmados por México son revisados por el Senado mexicano, y después se aprueban”.
En otras palabras, la importancia de la reforma al artículo primero era que por primera vez se le daba igual jerarquía a los tratados internacionales que a la Constitución. Y por lo tanto, el ámbito de los derechos humanos protegidos en México se ampliaba ya no solo a los que estaban establecidos plenamente en la Constitución mexicana, sino a los plasmados en los tratados internacionales.
“Además, cuando había alguna diferencia o controversia entre lo que decía la Constitución y los tratados internacionales se aplicaría el concepto PRO HOMINE, es decir, que la interpretación jurídica busque el mayor beneficio para la persona”, explica Clara Jusidman.
Los colectivos de derechos humanos sostienen que la reforma constitucional que está promoviendo el priísta Francisco Agustín Arroyo, elimina la consideración de los tratados internacionales y de todos los derechos que en ellos están previstos, aún aquellos que no están en la Constitución; ese es el primero cambio.
El segundo cambio que propone Arroyo, señala que cuando hay controversia entre lo que dice la Constitución y lo que dicen los tratados internacionales, se debe optar por la interpretación de la Constitución.
Clara Jusidman explica que “hay temas debatibles que hay que discutir, por ejemplo en México los jerarcas religiosos, los ministros de culto, no tienen derecho a presentarse como candidatos en las elecciones; eso está establecido en la Constitución. Según los tratados internacionales, toda persona tiene derecho a votar y ser votado. Esas cuestiones se irán ajustando, pero la reforma presentada por Arroyo, de verdad representaban un retroceso a todo lo que se había logrado en el 2011” concluye.
A quien se pregunte, la respuesta que se esgrime es siempre similar. El artículo 1 de la Constitución de México es ejemplar. Por ejemplo, mientras Estados Unidos obtenía gran riqueza gracias al trabajo esclavo de sus afroamericanos, México no sólo prohibió la esclavitud sino que en su Constitución estableció que: “Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este sólo hecho, su libertad y la protección de las leyes.”
Las leyes mexicanas eran incómodas y peligrosas para los esclavistas norteamericanos, y este fue un motivo muy importante – junto con la especulación de tierras- para arrebatarle Texas a México en el siglo XIX. Se debió, en gran parte, a lo que se contemplaba dentro del artículo 1 de la Carta Magna.
En junio del 2011 se agregó un párrafo que prohíbe, condena y persigue todo tipo de discriminación: “Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.
Y ese mismo año México se comprometió a respetar todos los acuerdos internacionales que protejan los derechos humanos: “En los Estados Unidos mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta constitución y en los tratados internacionales de los que el estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta constitución establece.
Y no sólo eso: “Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley. (adicionado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 10 de junio del 2011).
Según Clara Jusidman, “la controversia que estamos haciendo las organizaciones defensoras de derechos humanos es que los cambios que propone Arroyo echan por tierra los importantísimos cambios del 2011 que colocaba a México con una Constitución semejante a la de los países democráticos más avanzados y volvía a privilegiar la Constitución por encima de los tratados internacionales.”
Fuente Radio Nederlands Latinoamérica