Es un hecho que el Internet ha permitido un acceso a la información sin precedentes, pero, ¿qué efectos tiene esto en relación con el plagio?, ¿protegen las leyes de derechos de autor solo a los formatos impresos?, y ¿son distintas las consecuencias?
Internet ha resultado ser una herramienta eficiente, facilitadora de la divulgación de ideas, pensamientos y escritos que pueden llegar a millones de personas en segundos, con tan solo oprimir un botón. Sin embargo, esas ventajas de acceso a la información han traído consigo diversas opiniones sobre cuánto afecta este acceso respecto al plagio y qué diferencias existen, si alguna, entre el plagio en el formato impreso y el formato digital.
Según la guía de profesores de la Universidad de Puerto Rico, el plagio cibernético o “cyber-plagiarism” es el término que se utiliza para describir la acción de descargar documentos publicados en Internet, de forma total o parcial, y luego someterlos como si fueran propios.
Para Hiram Meléndez Juarbe, experto en propiedad intelectual, las tecnologías de información solo le añaden una dimensión adicional al problema del plagio, pero el inconveniente central existía desde mucho antes de la tecnología.
“El problema del plagio no es un problema que se suscite exclusivamente, como todos sabemos, en el contexto de Internet y quizás uno puede decir que el problema central del plagio no tiene tan siquiera que ver con la tecnología. Es un problema principalmente ético que tiene que ver con la mala utilización de fuentes y de recursos sin atribuir autoría como corresponde”, enfatizó Meléndez Juarbe, quien es profesor en la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Río Piedras (UPR).
En el contexto digital, la facilidad con la que se puede encontrar fuentes, copiarse y reutilizarse la información, aumenta la problemática de plagio cibernético. Además, mientras más una cultura se va acostumbrando a utilizar y reutilizar lo que encuentra en Internet, se convierte en una especie de costumbre. Es decir, este tipo de practicas puede generar un hábito de descuido en torno a cuándo citar o cuán apropiado es citar las fuentes en determinado momento, según el profesor.
Sin embargo, en el contexto académico, se espera que los profesionales reciclen ideas de otras personas, las reutilicen y las replanteen, por supuesto, identificando claramente qué información o qué datos se están tomando prestados y cuál es la nueva contribución, conocimiento o conclusión que añadió el profesional a los antiguos planteamientos.
Plagio cibernético en el contexto legal
Generalmente, se piensa que solo los formatos impresos están protegidos por las leyes de derechos de autor, aunque la realidad es que las leyes aplican igual a ambos medios. Como señala la guía de profesores de la UPR, algunas personas pueden interpretar que la información disponible en Internet, de diversos tipos, está libre de restricciones de uso o derechos de autor, pero la percepción es incorrecta.
Explica el profesor Meléndez Juarbe, que en Puerto Rico coexisten dos leyes de Derechos de Autor que trabajan por separado: la Ley de Copyright Federal y la Ley de Derechos Morales de Autor. Cabe señalar que la Ley de Copyright solo se podría presentar ante un Tribunal Federal, mientras que la Ley de Derechos Morales se presentaría ante los tribunales de Puerto Rico. En el contexto legal, la ley federal es mucho más importante porque arropa todo tipo de trabajo y todo tipo de práctica.
Es importante destacar, además, una diferencia entre lo que sería una infracción a la Ley de Copyright y el plagio. Según la guía de profesores de la UPR, “utilizar una pequeña cantidad del trabajo escrito por otra persona sin dar atribución es plagio, pero para ser culpable de una infracción al Copyright, la cantidad copiada debe ser sustancial”. En cuanto a la Ley de Derechos Morales de Autor en Puerto Rico, Meléndez Juarbe explica que no ha sido muy utilizada, pero de utilizarse, es muy probable que se tome en consideración la cantidad del trabajo que ha sido copiada.
No obstante, en el contexto académico, aunque una falta por plagio en formato impreso o digital no constituya una violación legal por la cantidad copiada, sí constituye una falta ética y moral. “Desde el punto de vista ético, el problema no es si es utilizado el Internet o no, el problema es y el detalle está en que las personas que están realizando creación cultural, artística o científica, la que sea conozcan cuáles son los entendidos de su comunidad creativa”, puntualizó el experto el propiedad intelectual.
Consecuencias del plagio cibernético en el contexto académico
La Academia condena las faltas de integridad y honestidad intelectual, manifestada en forma de plagio o fraude. No obstante, según el Reglamento de la UPR, en todos los casos deben presentarse detalles de las acusaciones, dar oportunidad al acusado de ser escuchado, presentar evidencia en su contra y a favor y determinarse los hechos probados en un informe escrito del cual el empleado acusado tendría copia.
Es importante aclarar que “el concepto de fraude, lo que se quiere significar es que hay una intención especifica de ocultar, acusa el elemento de intención, un elemento más deliberado de no atribuir ciertas fuentes o atribuir a uno, a sí mismo la autoría de determinado trabajo”, explica Meléndez Juarbe.
Por otro lado, del plagio se desprenden dos vertientes que la Academia toma en consideración antes de condenar un profesional por haber cometido plagio, si su acción fue sin intención, o si lo hizo deliberadamente. En este sentido, Juarbe explica que, en ocasiones, luego de realizar muchas lecturas y analizar ideas y pensamientos, un académico puede, sin querer, no identificar las palabras o escritos de otro autor en sus ideas. “Es posible que en ese proceso uno arrastre una fraciología e incorpore en su escrito unas ideas, unos temas que en la mente de uno no sea fácilmente identificable si eso estaba escrito así mismito en algún lugar o si ya lo leyó o de dónde es que proviene necesariamente ese planteamiento”, indicó el profesor.
La otra cara: Internet como testigo silente del plagio
En el contexto cibernético, la misma facilidad que tienen las personas de cometer plagio, la tienen los autores de distintas obras para descubrir si alguien está copiando sus escritos.
En el caso más reciente de plagio en Puerto Rico, que estuvo presente varias semanas en los medios de comunicación, el Internet facilitó que la autora de uno de los trabajos que presuntamente fue plagiado, reconociera sus palabras en uno de los escritos publicados por el otrora profesor Iván Ríos del Recinto de Carolina de la UPR, quien renunció a su puesto luego de que se le acusara académicamente por cometer plagio.
Respecto a este asunto, Meléndez Juarbe expresó que “en ese sentido se podría plantear que esa tecnología digital, hasta cierto punto, trae consigo sus propios elementos correctivos y son bien utilizados”