Una especie de bomba cultural causó estragos en la mayoría de las redacciones periodísticas del país la víspera del Día de Reyes de este año. El entorno de la industria musical anunciaba la “liberación” gloriosa de 695 piezas del cancionero popular del prolífero compositor santurcino Catalino Curet Alonso, que estuvo “cautivo” durante más de una década en diversas salas judiciales y que comenzaría a sonar sin restricciones justo cuando llegaran los Magos de Oriente, para beneficio del universo, por la estación radial Z-93. Los gases tóxicos de la euforia y el fuego del delirio llevaron al periódico El Nuevo Día a publicar que “los grandes éxitos salseros de Tite Curet Alonso, compositor puertorriqueño elegido por el diario ABC de España como uno de ‘Los Mil Rostros del Milenio’ junto a Gandhi, el pintor Rembrandt, el filósofo Bertrand Russell y el cantante Nat King Cole, regresarán a las manos del pueblo el martes, como un regalo de Reyes, a través de la emisora Z-93”. El periódico El Vocero publicó las declaraciones de Pedro Arroyo, director de programación de Z-93, quien sostuvo que “Tite no pertenece a ninguna emisora de música, su música pertenece al pueblo. Este es el día más importante para la cultura puertorriqueña tras hacerse justicia y devolverle al pueblo parte de la obra musical que estuvo secuestrada por los pasados 14 años”. El buró nacional de la agencia de noticias Associated Press divulgó un titular que le ha dado la vuelta al mundo en reproducciones de la Internet: “Liberan espíritu musical de Tite Curet”. Además, informaron que “tras cerca de 14 años de pleitos legales que impedían su difusión, 695 canciones de Catalino ‘Tite’ Curet Alonso fueron liberadas y ya podrán ser escuchadas a través de la radio y grabadas por cantantes”. Cualquier lector de lo publicado en la prensa durante esa jornada “liberadora” en la que no se disparó ni un tiro asumiría que los grandes éxitos del maestro Curet Alonso como “El Mamito”, “Lenguetera”, “Anacaona”, “La Tirana” y “Marejada Feliz”, pasaron de repente al dominio público y que ya nadie tendría que pagar por las ejecuciones públicas o las publicaciones de las composiciones de Tite. El regalo de Reyes más importante que recibiría el pueblo de Puerto Rico este año sería el privilegio de utilizar a gusto el producto del trabajo intelectual del “Cartero Melodioso” sin trabas burocráticas ni transacciones comerciales. Nada más lejos de la verdad. El ordenamiento jurídico que rige los derechos de propiedad intelectual no ha cedido ni un ápice ante las pretensiones cósmicas del supuesto armisticio o alto al fuego cruzado declarado con impunidad por la prensa. A pesar de la fanfarria de los corresponsales de esta guerra cultural que ha durado décadas, aún es obligatorio obtener licencias de ejecución pública y pagar regalías a los legítimos dueños de la obra de Curet Alonso. En realidad, lo que ocurrió el Día de Reyes fue el resultado de un acuerdo extrajudicial entre los herederos que componen la Sucesión Curet y la industria musical para que la empresa Emúsica sea la encargada de otorgar las licencias y negociar los precios de sólo 695 canciones de un total de aproximadamente dos mil títulos conocidos del compositor. En otras palabras, la Sucesión Curet no le han entregado absolutamente nada al pueblo de Puerto Rico, sino que ha pactado con una empresa privada con grandes intereses para que administren una porción sustancial del legado musical de su patriarca. Esta transacción no dista de lo común. Se trata de un arreglo práctico y sensato para organizar el proceso de distribución de las líricas de Tite Cueret en manos especializadas debido a que resultaría imposible y sumamente oneroso que un ente tan enorme y disperso como el pueblo de Puerto Rico maneje por la libre ese caudal. Luego de entender que la cultura es un producto mercadeable más allá del frenesí sentimental que produce la identificación del fanático con las canciones emblemáticas de un pueblo y una generación, es posible comprender que esta guerra cultural va para largo. Varios pleitos que cuestionan la titularidad de ciertas obras de Tite Curet y los contratos que firmó con distintas empresas especializadas en estos negocios, más la existencia de una comunidad de bienes con su ex compañera Norma Salazar, aún están por resolverse en los tribunales. La cronología que acompaña estas líneas detalla la trayectoria de lo que ha ocurrido hasta la fecha en esta épica batalla legal y sugiere que antes de caer presos del furor y el delirio es necesario examinar responsablemente el tracto de las disputas que enfrentaría todo creador y todo artefacto cultural que logre alcanzar la estatura y el significado de lo que produjo la mente y la sensibilidad de Catalino Curet Alonso en nuestra jurisdicción.
1975 Tite Curet asigna las canciones “Pueblo Latino” y “Planté bandera” a Fania Publishing Co. Inc. 1977 Tite Curet asigna las canciones “Distinto y Diferente” y “Periódico de Ayer” a Fania. 4 de agosto de 1995 A pesar de las asignaciones anteriores, Tite Curet “transfiere” las mismas canciones a LAMCO/ACEMLA. octubre de 1996 LAMCO/ACEMLA demanda en la Corte Federal de Distrito a varias estaciones de radio por alegada violación a sus derechos de copyright sobre las canciones de Tite Curet y otros en LAMCO v. Arquidiócesis de San Juan, que en realidad son 5 casos consolidados. 7 de enero de 1997 Algunas estaciones de radio, incluyendo las de la Arquidiócesis, contrademandan a LAMCO/ACEMLA alegando violación a leyes antimonopólicas y pretender un acuerdo de precios exorbitantes. 25 de junio de 1997 Los radiodifusores presentan demanda contra tercero para traer al pleito a las asociaciones de derechos de reproducción BMI y ASCAP los indemnizaran por cualquier violación de copyright resultante de las licencias que éstas les otorgaron para tocar las canciones. 17 de julio de 1997 Peer Int. Corp. y sus afiliadas (entre ellas Sonido, Inc; tenedora del catálogo de Fania) intervienen en el pleito ya que habían autorizado a BMI y ASCAP a otorgar licencias de ejecución pública de su repertorio. diciembre de 1997 Peer y sus afiliadas demandan a LAMCO/ACEMLA alegando que habían violado su derecho de copyright al otorgar licencias de ejecución de canciones que eran de su propiedad. junio 9 de 1998 Luego de una hospitalización por problemas cardiacos y diabetes, Tite Curet Alonso firma un “Rider” o una extensión de su contrato con LAMCO/ACEMLA. 6 de marzo de 2003 Debido a la magnitud y complejidad del caso, el juez Pérez Jiménez nombra a un Special Master experto en copyrights (Morton D. Goldberg) para que le someta un reporte con recomendaciones. 5 de agosto de 2003 Muere Tite Curet Alonso dejando tres herederos: Hilda y Eduardo Curet Velázquez (sus hijos) e Hilda Velázquez Coto (su viuda). 31 de diciembre de 2003 Se vence el término del copyright de “Pueblo Latino” y “Planté Bandera” e Hilda Curet Velázquez pide la renovación de su registro. Más tarde le fue concedida junto con el de las otras canciones. 2 de agosto de 2005 El juez Juan Pérez Giménez emite una opinión y orden en la que adopta parte de la recomendaciones de Goldberg: 1) Peer obtuvo la transferencia inicial del copyright de las canciones de Tite y 2) la transferencia posterior a LAMCO/ACEMLA sólo podría ser efectiva si se hubiese registrado primero de buena fe y en desconocimiento del registro original de Fania. También desestima la demanda con perjuicio. 5 de enero de 2006 Los herederos de Tite Curet demandan a LAMCO/ACEMLA en la Corte Federal de Distrito por violaciones de copyright e incumplimiento, nulidad y recisión de contrato, entre otras causas, en el caso conocido como Sucesión Curet v. ACEMLA. 16 de agosto de 2007 La Corte de Apelaciones para el Primer Circuito ratifica la decisión fundamental del caso LAMCO/ACEMLA v. Arquidiócesis de San Juan. Luego, el Tribunal Supremo federal declinó revisar la decisión de Boston, que se convirtió en final. 21 de noviembre de 2007 El magistrado Bruce J. McGiverin le recomienda a la jueza Aida Delgado Colón que dicte sentencia sumaria en cuanto a que LAMCO/ACEMLA violó el copyright de la Sucesión Curet sobre las canciones “Pueblo Latino”, “Planté Bandera” y “Periódico de ayer”. El resto de la demanda se vería en juicio plenario. 31 de diciembre de 2007 LAMCO/ACEMLA se opone a la recomendación de McGiverin. Alega que si el “Rider” que firmó Tite es nulo por supuesta incompetencia por enfermedad, entonces sus segundas nupcias con Hilda Velázquez también lo son. Además, que como la Sucesión recibió alrededor de $100.000 en regalías adelantadas tras la muerte de Tite y no objetó al manejo aun conociendo sus gestiones, ésta le otorgó a LAMCO/ACEMLA una licencia implícita que la corte debe hacer valer. 11 de marzo de 2008 La Cámara de Representantes, a instancia de Víctor García San Inocencio y el PIP, aprueba una resolución para que dos de sus comisiones investiguen con urgencia la situación en que se encuentra el copyright de las obras de Tite Curet. 29 de diciembre de 2008 Norma Emilia Salazar Rivera, ex compañera sentimental de Tite Curet, presenta demanda de división de comunidad de bienes en el Tribunal de Primera Instancia de San Juan dándole vida al caso Salazar v. Sucesión Curet. 5 de enero de 2009 La Sucesión Curet, junto con Giora Briel y María Lozano, de Emúsica, tenedora de las canciones de Tite con Fania, anuncia la supuesta “liberación” de 695 canciones del compositor desde la sede de la Fundación para la Cultura Popular en el Viejo San Juan como consecuencia de acuerdos extrajudiciales. Sin embargo, el abogado de la Sucesión, Samuel Pamias, advierte que el pleito aún no ha terminado en la corte federal. 16 al 20 de marzo de 2009 Señalamiento de las vistas del juicio en su fondo del caso Sucesión Curet v. ACEMLA.