En Puerto Rico, cada administración de gobierno entrante, sin importar su alineación partidista, habla de la necesidad de reformar algún aspecto de las estructuras gubernativas o sociales del País con la intención de “mejorarlas”.
Por tal razón es que vemos un sinnúmero de estas “reformas” en cada cuatrienio, desde las contributivas hasta las que se enfocan en la Rama Ejecutiva, que parecen ser las más abundantes. Sin embargo, estas reformas, lejos de mejorar, parecen perpetuar el status quo de las cosas.
Cuando se insiste en seguir reformando, reorganizando, reestructurando, como se decida llamarle, sobre lo ya intentado y no se obtienen resultados distintos, la pregunta obligada parece ser: ¿es productivo seguir con estas reformas enfocadas en partes de nuestro sistema de gobierno o debemos concentrar nuestra atención en el modelo gubernamental en su totalidad?
Como estudiante de Administración Pública, me di a la tarea de analizar en mi tesis de maestría, nuestro modelo de gobierno, sus ventajas y desventajas y otras opciones de gobernanza aplicables a Puerto Rico.
Presidencialismo, parlamentarismo y semipresidencialismo
El sistema de gobierno de Puerto Rico que lleva en funciones desde la aprobación de la Ley Foraker de 1900 está basado en el presidencialismo. Anterior a esto, la Isla estuvo gobernada militarmente bajo el régimen español y brevemente tuvo un sistema parlamentarista con la Carta Autonómica de 1897. De éste último nunca sabremos su efectividad, pues quedó sin efecto tras al cambio de régimen en el 1898.
El presidencialismo, sistema utilizado por el gobierno Federal y todos los estados de la Unión, se distingue por tener tres ramas de gobierno, independientes entre sí y en donde el principal funcionario del Poder Ejecutivo es Jefe de Estado y Jefe de Gobierno, simultáneamente.
En contraste con el sistema parlamentarista, practicado en repúblicas y monarquías constitucionales como España, los poderes de gobierno no se encuentran tan estrictamente separados y las jefaturas de Estado y Gobierno son ocupadas por figuras distintas. El último de estos es quien ostenta el verdadero poder político dentro de este sistema, mientras que el primero usualmente ocupa un rol ceremonial, con poderes limitados.
Si bien el presidencialismo, por su estructura, ofrece ciertas ventajas sobre los sistemas parlamentaristas (siendo la principal de ellas su estabilidad política), la realidad es que ese modelo de gobierno presenta una serie de deficiencias, que a mi entender perjudican el avance democrático de cualquier sociedad que lo utiliza. De hecho, Juan J. Linz, autor del artículo The Perils of Presidentialism, publicado en la revista Journal of Democracy en el 1990, establece que Estados Unidos y Chile previo a la dictadura militar de 1973, son los únicos países en donde el sistema presidencialista ha funcionado exitosamente y de manera ininterrumpida.
Para Javier Hurtado, autor de Sistemas de gobierno y democracia. Cuadernos de divulgación de la cultura democrática, el presidencialismo no fomenta la creación de coaliciones políticas y polariza la contienda electoral, al adscribirle mayor importancia a la carrera por la presidencia (Gobernación en el caso de Puerto Rico), la cual hay que ganar a cualquier costo.
Además, el presidencialismo es uno de los elementos responsables del bipartidismo o sistema de dos partidos en donde, como es de esperarse, dos partidos políticos tienen expectativas reales de alcanzar el poder en gran parte de la estructuras gubernamentales del País, dificultando el surgimiento de partidos minoritarios efectivos.
Estas y otras deficiencias las podemos identificar sin mayores problemas en el sistema de gobierno puertorriqueño. Por ello, cuestiono en mi investigación la continuada utilización de este sistema.
Entendiendo que la aplicación completa de un modelo parlamentarista no sería una alternativa viable, ya que la tradición política de Puerto Rico y su carácter personalista dificultaría la aceptación de un sistema donde el máximo líder de gobierno no sea electo por el pueblo, decidí entonces considerar una tercera opción: el semipresidencialismo.
Este sistema, practicado principalmente en Francia, es una especie de punto medio. El Poder Ejecutivo es compartido por un presidente, electo directamente por el pueblo y con poderes y responsabilidades constitucionales, que lo involucran activamente a la administración gubernativa del país; y un primer ministro que, junto a sus ministros, es responsable ante el Poder Legislativo. Combinando características de los otros sistemas, el semipresidencialismo se ha convertido en un modelo único y ha sido adoptado por varias democracias emergentes.
Un nuevo sistema de gobierno es posible
De mi investigación surge que no hay ningún impedimento legal, salvo a necesitar una enmienda o reforma constitucional, que impida la adopción de un sistema de gobierno alterno.
Luego de revisar los tres modelos existentes, llegué a la conclusión que el semipresidencialismo parece ser la opción más viable, ya que mantiene aspectos del presidencialismo al que estamos acostumbrados e inserta características del sistema parlamentarista, que podrían beneficiar el carácter democrático de nuestra sociedad.
Además, las estructuras ya presentes en nuestro sistema facilitarían una transición al semipresidencialismo con obstáculos que no son difíciles de superar. No se trata de reinventar la rueda, sino de tener la voluntad para aspirar a un mejor Puerto Rico.
El autor aprobó su tesis en la Maestría en Administración Pública de la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Río Piedras, el pasado mes de mayo.