Se levantó el telón, y los actores iniciaron su obra ante un público atento a los detalles. Con el comienzo de la radicación de candidaturas el pasado 1 de diciembre, oficialmente arrancó la faena electoral del País.
Hace unas semanas el contralor electoral, Manuel A. Torres Nieves, le reveló al País la triste noticia de que se radicaron en el Tribunal de Primera Instancia de San Juan doce órdenes de cobro de multas administrativas a comités y aspirantes a puestos políticos que violaron lo dispuesto en la Ley 222 de 2011 (Artículo 8.000) sobre la radicación de informes financieros. La noticia causó más revuelo cuando el contralor electoral manifestó que se emitieron un total de 81 notificaciones. La irresponsabilidad del “Equipo de los 81”, desemboca en 366 multas que suman a $878,771.41. El cumplimiento de la Ley 222 encuentra respaldo en la Ley Electoral de Puerto Rico (Ley 78 de 2011). Asimismo, ese apoyo está cubierto en ‘Artículo 8.011. – Fecha para Abrir Candidaturas y Fechas Límites’, el cual lee así:
“Los aspirantes a candidaturas deberán presentar informes de ingresos y gastos en la Oficina del Contralor Electoral en las fechas que se dispongan por el contralor, y los informes requeridos se regirán por lo dispuesto en la Ley para la Fiscalización del Financiamiento de Campañas Políticas en Puerto Rico”.
Es razonable pensar que quien incumple consigo mismo, le va a incumplir a la sociedad, al Estado y mucho peor, al futuro. La pregunta obligada es: ¿permitirán los partidos políticos que estos infractores de la ley sean candidatos bajo su insignia? La responsabilidad electoral va atada al juicio ético de cada aspirante y de quienes los respaldan. La invitación que hago a los partidos, el reto que lanzo, es con el fin de acercarnos a unas elecciones en las que reine la pulcritud.
Invito a los partidos a que no permitan que los candidatos que incumplieron con la Ley 222, en cuanto a la radicación de sus informes financieros, aspiren a algún puesto electivo para el próximo cuatrienio. Grandes cambios requieren de decisiones drásticas. Basta ya de paños tibios en la política puertorriqueña. Claramente nuestro Tribunal Supremo, al igual que alto foro federal, han manifestado que (1) las elecciones son un asunto que los estados se reservan y (2) las primarias son asuntos de los partidos políticos. La Ley Electoral de Puerto Rico según enmendada, expresa en su ‘Artículo 8.001. – Aspirantes a Candidaturas para Cargos Públicos Electivos’, lo siguiente:
(a) Los partidos políticos establecerán los requisitos para que los aspirantes puedan cualificar para un cargo público electivo, excepto en aquellos casos que la aspiración sea a través de una candidatura independiente.
(b) La Comisión Estatal de Elecciones establecerá los requisitos para que un aspirante se convierta e candidato, los cuales incluirán:
[…] que hayan tomado la orientación por el Contralor Electoral, según establecido en la “Ley para la Fiscalización del Financiamiento de Campañas Políticas en Puerto Rico” (énfasis suplido).
El capítulo 8 de dicha ley dispone además, en su ‘Artículo 8.008. – Rechazo a la Intención de Aspirar de una Persona’, que:
Un partido político podrá rechazar la intención de una persona a aspirar a una candidatura a un cargo público electivo por los siguientes fundamentos:
(1) la persona no ha cumplido con los requisitos para ser aspirante según establecidos en esta Ley los reglamentos para las primarias aprobados por la Comisión o por el partido político concernido o cualquier reglamento del partido al que pertenezca;
(2) la persona ha violado cualquiera de las disposiciones de esta Ley, de la “Ley para la Fiscalización del Financiamiento de Campañas Políticas en Puerto Rico” o de algún reglamento de estas leyes o del partido político concernido, con especificación de la sección violada; y/o
(3) la persona no cumple con alguna disposición constitucional (énfasis suplido).
Día a día el ciudadano de a pie, especialmente los miembros de la clase media del País, sufren las decisiones que toman quienes se jactan de decir “soy legislador”, “soy gobernador”, o cualquier otro puesto electivo. Sin duda alguna necesitamos limpiar la casa, pero hay que hacerlo conforme al estado de derecho vigente, y al amparo de las máximas garantías constitucionales que cobijan a cada hijo de esta tierra. El marco legal para poder concretar esta idea hay que continuar evaluándolo. Mas las exigencias de la ley son claras, contundentes y tienen que cumplirse. El ‘Artículo 8.020. – Descalificación de Aspirantes y Candidatos’, dice que:
“Cualquier aspirante o candidato debidamente nominado podrá ser descalificado como tal por el Tribunal de Primera Instancia cuando no hubiere cumplido con los requisitos impuestos por la Constitución o la ley, o cuando se demostrare que ha violado cualesquiera de las disposiciones de esta Ley o de sus reglamentos”.
Entiendo que no podemos esperar mucho de quienes deliberadamente deciden no hacer cumplir las leyes a las que están obligados, cuando voluntariamente deciden exponerse al escrutinio del pueblo.
Para explicarlo más claramente, veamos un ejemplo de lo que propongo: El candidato X incumple en 2015 con la Ley 222 de 2011 (Ley para la Fiscalización y Financiamiento de Campañas Políticas en Puerto Rico), en cuanto a la radicación de los informes que requiere la misma. Luego de que se cumpla con el proceso administrativo y las oportunidades que dicha oficina ofrece, si el candidato no cumple, la Oficina del Contralor Electoral (OCE) puede acudir al Tribunal de Primera Instancia para una orden de cumplimiento de cobro. Una vez la OCE acude a los tribunales, el partido y el candidato —por eso de que aspire a correr de manera independiente— debe quedar imposibilitado de radicar su candidatura el próximo cuatrienio.
Esta forma de exigir a los candidatos los forzará a que cumplan con la ley hoy, si les interesa ser parte de la vida política del País cuatro años antes de que eso ocurra. Y es que basta de elegir por las apariencias, detengamos con premura a aquellos que quebrantan la confianza que le entregamos, y que aun así parecerían ser intocables al sistema que juraron defender. No podemos permitir que los consejos que Marco Tulio Cicerón le dio a su hermano sigan predominando en Puerto Rico: “Por mucha fuerza que tengan por sí mismas las cualidades naturales del hombre, creo que, en un asunto de tan pocos meses, las apariencias pueden superar incluso esas cualidades”. No más apariencias, solo exigimos que lleguen al poder los que representen los verdaderos valores de la democracia, no que reine la irreflexión, la soberbia y el rompimiento siniestro de la ley.
Hoy más que nunca el soberano está monitoreando la labor de aquellos que dicen representarlos, pues aquella isla a quien Rafael Hernández consideró Preciosa, hoy sufre los embates de una crisis económica en la que sus actores políticos parecen aletear sin parar como golondrinas enjauladas. Es momento de exigir responsabilidad a los partidos políticos, quienes a fin de cuenta deciden quién será candidato bajo su insignia. La lealtad a la conciencia tiene que guiar el compromiso con la ley y el compromiso de aquellos que juran defender la Constitución.
El autor es estudiante de tercer año de la Escuela de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico. Participa como panelista del programa radial Jóvenes conversan, trasmitido por Notiuno 630AM de 3:00 a 5:00 p.m todos los sábados. También es presidente de la firma de consultoría política AUFFANT & PAYANO, CAMPAIGNS AND MEDIA CONSULTING, LLC, y mantiene el blog www.thinkerpen.tumblr.com sobre temas políticos, jurídicos y sociales.