“No se aprobará alguna relativa al establecimiento de
cualquier religión ni se prohibirá el libre ejercicio del culto religioso.
Habrá completa separación de la Iglesia y el Estado”
– Carta de Derechos de la Constitución de Puerto Rico (Sección 3)
Hubo un momento en la historia donde Iglesia y Estado eran lo mismo, o al menos, entidades muy parecidas. Un líder religioso tenía tanto poder como un político. Si usted no pertenecía a la religión dominante, era perseguido, encarcelado y hasta asesinado. Esta fue una de las razones por la que Estados Unidos y Puerto Rico establecieron en sus constituciones una completa separación de ambas instituciones.
Sin embargo, en ocasiones, hemos visto en Puerto Rico cómo esa línea fina que separa a la una del otro es muy difusa. Vemos políticos asistiendo a las iglesias en tiempos eleccionarios; palpamos a líderes religiosos crear listas de servidores públicos de fe por quienes sus feligreses deberían votar… Es más, hemos sido testigos de cómo legisladores toman decisiones basadas en sus creencias religiosas y no por el bien común.
“Las personas, que independientemente profesen una fe y que tiene injerencia en la vida pública, en la política, tienen una responsabilidad y tienen un derecho igual que aquellos que dicen que no profesan ninguna”, soltó Ivette Montes, abogada y presidenta de la Alianza de Juristas Cristianos.
Sin embargo, el catedrático en teología y abogado, Ediberto López-Rodríguez, cree que la relación entre políticos e iglesias es mera compraventa, en la que el político obtiene los votos y algunos grupos religiosos imponen las condiciones.
“Ese mercado político puede pasar por encima de las garantías institucionales y coquetear con ciertos sectores del cristianismo y es lo que ha pasado. Pisoteamos la Constitución de Puerto Rico y Estados Unidos”, sentenció el teólogo.
Como explicó López-Rodríguez, cuando en 1952 se redactó la Constitución local, los evangélicos querían que la Iglesia Católica no se metiera con ellos, pero ahora “como son muchos los protestantes, quieren que el Estado se meta”.
Según el teólogo, en Puerto Rico asisten a la Iglesia Católica unos 500 mil feligreses, mientras que a las protestantes y demás denominaciones unos 1.5 millones de puertorriqueños. “¿Y los dos millones de puertorriqueños que no pisan una iglesia? A esa gente no le podemos imponer la religión”, aseguró.
“En las sociedades abiertas una de las cosas que tú tienes es que el Estado no le hace cohesión al derecho de libertad de conciencia de la gente. Aquí, se pierde ese derecho, la gente está en riesgo de que el Estado le pueda imponer una línea”, advirtió.
Para la abogada Mariana Nogales, la situación es mucho más fuerte. El poder que tiene un líder religioso, pastor o sacerdote, sobre sus feligreses es tal –asegura Nogales– que la creencia de que es la representación de Dios en la tierra hace que obedezcan sin mucho cuestionamiento.
“Por eso es que cuando se establecen las exenciones contributivas por el Internal Revenue Service (IRS) y el Departamento de Hacienda se establece que esa contribución está ligada a que no haya proselitismo, o sea, que no haya allí ningún tipo de campaña política. Las iglesias no pueden decir voten por ‘x’ o ‘y’ partido, por ‘x’ o ‘y’ candidato y eso lo hacen todo el tiempo”, explicó la licenciada.
Recientemente, el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, habló sobre su intención de eliminar el Johnson Amendment, enmienda que se realizó en los años 50 por quien fuera luego el presidente de la nación norteamericana, Lyndon Johnson, para que la exención contributiva de las iglesias estuviera vinculada a que no hicieran campañas políticas.
En Puerto Rico, por ejemplo, según el portal Abre Puerto Rico, el nombre de Wanda Rolón Miranda, aparece en la lista de donantes del Partido Nuevo Progresista. El nombre, que coincide con el de la pastora fundadora de La Primera Iglesia Cristiana La Senda Antigua en Toa Baja (00954), le donó dinero a José “Quiquito” Meléndez Ortiz, Ramón Luis Rivera Cruz y a María Milagros Charbonier Laureano.
Además, ese mismo nombre –Wanda Rolón Miranda– aparece como contratista en la Oficina del Contralor de Puerto Rico con diez contratos entre 2007 a 2017, todos con el Municipio de Bayamón.
Perspectiva de género y baños trans
Otro ejemplo de los casos recientes que evidencia una violación a la separación de Estado e Iglesia, se encuentra la reciente derogación de las cartas circulares del Departamento de Educación en las cuales se implementaría un currículo con perspectiva de género; el establecimiento de que los estudiantes podrían ir al baño del género con el que se sientan identificado; y el uso del uniforme escolar según su identidad.
El actual gobernador, Ricardo Rosselló Nevares, en su carrera por la gobernación, les prometió a diversos grupos fundamentalistas que de prevalecer en las elecciones derogaría las cartas circulares que esbozamos anteriormente. Y así lo hizo.
Para la licenciada Montes, la Ley 149 del Departamento de Educación y la Ley de Menores son claras. Entienden que la educación que se debe enseñar en las escuelas es sobre asuntos básicos de supervivencia, como: “leer, escribir, sumar y tener de alguna manera esa relación con el entorno social”, detalló.
“Cuando ya tú te pasas y quieres meterte en supuestamente clarificar valores… ese no es el deber del estado”, reaccionó la licenciada ante la educación con perspectiva de género.
Es más, “cuando la Constitución habla que la educación no puede ser sectaria, no se refiere solamente a una religión, el término sectario se refiere a una idea, a una ideología, que quieren introducirse o cambiar unas cosas”, explicó Montes.
La educación con perspectiva de género es una de las estrategias mundiales para fomentar la igualdad entre los sexos, según la Organización de la Naciones y quienes definieron el concepto desde 1997.
Con Montes no coincide la directora del Comité Legal de Humanistas Seculares, la abogada Mariana Nogales, pues para ella la perspectiva de género es crucial para la eliminación de la desigualdad entre hombres y mujeres.
“Precisamente en la escuela, ser otro, la otredad, es el problema… el musulmán es otro, entonces está sujeto a violencia en la escuela, que es lo mismo que pasa con la comunidad LGBTT que si se está viendo como un otro está sujeto a violencia. Entonces, no se crea un ambiente de respeto y tolerancia”, detalló la abogada secular.
Asimismo, explicó que a diferencia de la Policía –donde tiene que haber cabida para todas las religiones– en las escuelas debería reinar la neutralidad según los criterios federales. “Neutralidad quiere decir que no puede haber nada”, puntualizó mientras recordó como “inconstitucional” los cinco minutos de oración que instaló la administración de Luis Fortuño.
“Para un ambiente de respeto y de dignidad humana de todas las personas en sus creencias, no debe haber ese tipo de participación religiosa en la escuela porque el que no participa es un otro”, detalló Nogales.
En cuanto a Carta Circular que permitía a los estudiantes utilizar los baños que fueran acorde al género con el que se identificaban, la excandidata a comisionada residente por el Partido del Pueblo Trabajador aseguró “que eso no va para ningún lado”.
“Eso es federal. Si la escuela recibe fondos federales, tiene que implementar la normativa”, destacó Nogales y advirtió que la política del tercer baño para los estudiantes trans “está también en incumplimiento de la normativa”.
Según la abogada, cualquier persona que se sienta desprotegido ante esta situación puede poner una querella en el Departamento de Educación federal y decir que la escuela no está cumpliendo con la normativa. Esto expone a la escuela a que no reciba más fondos federales.
“Para algunos parece trivial, pero para las personas afectadas es vital. Entrar a un baño donde puede estar sujeto a la burla, al maltrato, incluso de agresiones de tipo sexual… ese tipo de cosas se pueden dar si no se cumplen con esta normativa”, expuso Nogales.
Matrimonio igualitario en Puerto Rico
Si bien, por jurisprudencia del Tribunal Supremo de Estados Unidos, el matrimonio entre personas del mismo sexo está permitido, defensores de los derechos civiles apuntan a que esto no es suficiente, que se debería incluir en el Código Civil de Puerto Rico.
Esta enmienda al Código, que lleva un trabajo de más de 20 años y que explicamos que por presiones religiosas no se ha podido lograr, este cuatrienio está a cargo de la representante del Partido Nuevo Progresista, María Milagros Charbonier.
Charbonier expresó que no lo incluiría en el Código Civil de Puerto Rico porque ya está contemplado como una jurisprudencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico.
“En Puerto Rico, las iglesias quieren que —alrededor de todos estos issues de la sexualidad— el Estado establezca religión y el Estado no puede hacer eso porque nosotros establecimos un Estado laico, punto. La sexualidad de la gente es un derecho de intimidad y el Estado no se puede meter. La iglesia puede decir lo que le dé la gana, pero al interior de la iglesia no en la sociedad”, dijo el teólogo López-Rodríguez.
El Tribunal Supremo de los Estados Unidos reconoció el matrimonio entre personas del mismo sexo el 26 de junio de 2015 en el caso Obergefell v. Hodges. En su explicación, reconoce la dignidad del ser humano y dispone que el matrimonio es un derecho fundamental.
Para el abogado López-Rodríguez, la comunidad LGBTT está protegida automáticamente por las leyes de Puerto Rico, pues dice que no se puede firmar una ley para homosexuales y otra para heterosexuales. La Constitución expone una clara igualdad de protección ante la ley.
“Los evangélicos han ido a todas esas marchas porque quieren que el Estado no case homosexuales, pero imagínate tú que en Puerto Rico en vez de los evangélicos ser muchos fuera la secta de Satanás y que lo satánicos quisieran que el Estado impusiera rituales de matar niños y esas cosas. Para el cara…, el estado no puede servirle a ninguna religión”, manifestó el catedrático del Seminario Evangélico de Puerto Rico.
“A las iglesias le preocupa tanto el sexo, debería preocuparles más qué va a pasar con la vivienda, qué va a pasar con el plan de pensiones, qué va a pasar con el Seguro Social, qué va a pasar con el plan médico, esos son derechos fundamentales que no tienen que ver con sexo”, increpó.
“Un grupo de una filosofía ideológica quiere callar a otra”
Ante toda esta situación, la licenciada Montes aseguró que lo que ve es discrimen contra las personas que tienen una profunda convicción de fe cristiana. “Tú puedes quejarte, pero si te estás quejando porque una persona no puede tomar parte del asunto público por su convicción de fe, ahí tenemos un problema”, señaló.
“Estamos hablando que un grupo de una filosofía ideológica quiere callar a otra y por eso lo que veo es escepticismo de que personas de fe ostenten posiciones públicas, opinen en el debate público y de alguna manera afecten las decisiones que eventualmente le van a afectar a ellos”, sentenció Montes.
Sin embargo, López-Rodríguez no coincidió. “La presión de la religión es negativa porque cada vez que el Estado se allana frente a la Iglesia, amenaza los derechos libertarios de todos los demás”, apuntó.
Por su parte, Nogales resaltó que las voces no se acallan siempre y cuando sean para reclamar sus propios derechos y no para quitárselos a los demás.
Por ejemplo, los reclamos que han hecho los Testigos de Jehová en el Tribunal Federal para poder entrar a las urbanizaciones cerradas a predicar. “Están reclamando poder llevar su mensaje religioso a las comunidades, siendo las calles públicas. No están entrometiéndose en quitar la carta de perspectiva de género del sistema de instrucción pública, sino que ellos están reclamando unos derechos que a mi entender son justos”.
“La separación va de los dos lados, el Estado no se puede meter en la Iglesia y la Iglesia no se puede meter en el Estado. El Estado no puede decir ‘la Biblia es un libro violento, edítamelo, quita eso de que va a matar al hijo’, y el gobierno no puede auditarle las cuentas ni el funcionamiento financiero de las iglesias”, remató Nogales.