La Universidad de Puerto Rico (UPR) presentó esta tarde una moción de auxilio de jurisdicción y un recurso de certiorari ante el Tribunal Supremo para que este paralice los procedimientos en el Tribunal de Primera Instancia (TPI) y deje sin efecto la sentencia del Tribunal Apelativo del 5 de mayo, que ordenó restablecer el acceso al Recinto de Río Piedras en o antes del 11 de mayo, lo que no ha sucedido.
De acoger el recurso solicitado por la representación de la institución, la vista de seguimiento calendarizada para el próximo lunes –en la que la presidenta interina Nivia Fernández y quien ocupe la vacante en la rectoría del campus riopedrense enfrentarían desacato– se detendría.
Si ese día no muestran justa causa para explicar por qué no se han reestablecido el acceso al recinto –y consecuentemente, incurrir en desacato– Fernández y el futuro rector o rectora enfrentan a una pena máxima de seis meses de cárcel.
El primer recurso presentado fue una moción de auxilio de jurisdicción, donde la UPR solicitó, a través de su abogado Enrique Figueroa Llinás, que “ordene la paralización de los procedimientos” ante el TPI “mientras atiende el recurso de certiorari presentado hoy”.
La UPR detalló que ha hecho todas las gestiones “para dar fiel cumplimiento a la orden” del Tribunal Apelativo. Incluso, el documento hace alusión a la carta que Fernández cursó a la superintendenta de la Policía, Michelle Hernández, solicitando “confirmar la posición y/o disponibilidad” de la Uniformada para ejecutar la sentencia de ese foro.
Sin embargo, Hernández rechazó la utilización de la Policía debido a que es política pública de la administración del gobernador, Ricardo Rosselló no intervenir con la Uniformada en este asunto. Además, se argumentó que la División de Seguridad del campus no cuenta con el adiestramiento necesario para abrir el recinto. Hace unas semanas esta división había emitido una comunicación en donde confirmaron que no violentarán la Política Institucional Sobre la Convivencia en la UPR (o la Política de No Confrontación) del recinto.
Por otra parte, la UPR también presentó un recurso de certiorari para que el Tribunal Supremo deje sin efecto la sentencia del Tribunal Apelativo. En el escrito, el centro docente argumentó que esa corte se equivocó “al concluir que en este caso no faltaban partes indispensables”.
La UPR sostuvo que las personas que mantienen paralizado el Recinto de Río Piedras “deben estar debidamente identificadas y traídas al pleito como partes indispensables para que tengan la oportunidad de ser oídas”, en clara referencia a los estudiantes que mantienen la huelga indefinida.
Asimismo, la Universidad argumentó que “erró el Tribunal de Apelaciones al concluir que los peticionarios no habían tomado acciones afirmativas conducentes a mantener abierto el recinto”.
Para la representación legal de la UPR, ni los demandantes ni el Tribunal de Instancia “indican cuál es la acción específica al alcance y bajo el control” de la institución para que se logre el acceso al recinto.
“El hecho de que los resultados no hayan sido hasta el momento lo que los recurridos desean no significa que los peticionarios estén incumpliendo sus deberes ministeriales”, reza el documento legal.
Además, la UPR cuestionó un cuarto planteamiento en la sentencia del Tribunal Apelativo que se refiere a que los hechos del caso de UPR v. Laborde (2010) son distintas a los del presente caso.
“La falsa equivalencia entre este caso y el de [UPR v.] Laborde derrota la idea de que ambos pueden resolverse de forma idéntica”, puntualizó la UPR en su recurso. Indica además que en aquella ocasión, fue la administración universitaria la que demandó a los estudiantes que impedían el acceso.
A diferencia del presente caso, Figueroa Llinás sostuvo que en UPR v. Laborde “el Tribunal pudo confeccionar un remedio final, completo y eficaz para que estos desistieran de una conducta específica que estaban realizando”.
Desde marzo en los tribunales
El torbellino legal que enfrenta la UPR se remonta al 31 de marzo, cuando un grupo de estudiantes, en su mayoría de la Escuela de Derecho, demandaron a la UPR en un reclamo por su derecho a estudiar. Luego que el Tribunal de Primera Instancia decidiera no ver el caso, el 5 de mayo el Tribunal Apelativo revocó el “no ha lugar” y ordenó la reapertura del recinto riopedrense en o antes del jueves 11 de mayo.
El campus está paralizado desde el 27 de marzo y en huelga indefinida desde el 6 de abril, cuando varias unidades votaron en la Asamblea Nacional de Estudiantes a favor de ese mecanismo de lucha en protesta al recorte de $450 millones planteado por la Junta de Control Fiscal al presupuesto de la UPR. Estimados de la Autoridad de Agencia Fiscal y Asesoría Financiera elevan esa cifra a $512 millones.