En su documento Evaluación y Comentarios del ClAPR, Declaración de Impacto Ambiental Preliminar, Proyecto Vía Verde de Puerto Rico, el Colegio de Ingenieros y Agrimensores de Puerto Rico (CIAPR) cuestiona con diplomacia pero con agudeza la propuesta de la administración de Luis Fortuño de construir un gasoducto en la isla.
El CIAPR es categórico en su endoso a que la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) inicie a la mayor brevedad posible la diversificación de las fuentes energéticas usadas en Puerto Rico haciendo como parte de este proceso que el gas natural se convierta en un combustible de transición a otras fuentes de energía renovable, incluyendo la conversión de todas sus unidades de producción de energía eléctrica existentes, y la provisión en aquellas a construirse, con la capacidad para utilizar no solamente el gas natural, sino que además el uso de combustible liquido, gaseoso y semi-sólido.
Esta recomendación del CIAPR es, sin embargo, contraria al proyecto del actual gobierno, que no establece la diversificación de fuentes de energía, sino la sustitución de la energía que derivamos del petróleo por energía derivada del gas natural. El planificador José Rivera Santana, quien examinó el documento citado, observó que la argumentación del CIAPR “es demoledora contra la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) que presentó la AEE”.
Las recomendaciones y objeciones del CIAPR, que fueron nutridas por alrededor de 20 ingenieros del colegio, son específicas en cuanto a que muchos mapas de la DIA están obsoletos y que es altamente probable que no se pueda terminar el proyecto en el plazo que la DIA establece. Además, tal y como han alertado los grupos ambientalistas, el CIAPR señala que la inestabilidad del karso plantea un gran reto para que el tubo pase por ahí.
El documento, de 22 páginas, dice claramente que: “EI CIAPR entiende además que existen otras alternativas que deben ser evaluadas en la DIA-P. En Puerto Rico existen otras facilidades portuarias además la de Eco Eléctrica con el potencial y la capacidad de recibir y distribuir gas natural con muy pocas alteraciones o inclusive sin necesidad de una nueva construcción. Esta condición permite el desarrollo proyecto en etapas. Como ejemplo de esto se podría iniciar inmediatamente la conversión del Complejo de Costa Sur para lo cual no hay problema técnico o de permisología. Las facilidades ya existen y cuentan con los permisos y una DIA y lo que falta es la modificación los permisos, conversión de calderas, la posible construcción de un segundo tanque y el aumentar la frecuencia de suplido. Este proyecto podría estar en operación de entre un año a 18 meses, y convertiría rápidamente un 35% de la capacidad de producción de energía eléctrica de la AEE en Aguirre a gas natural”.
Algunas de las recomendaciones son cónsonas con la propuesta de la organización Casa Pueblo, quien ha liderado la oposición al proyecto, de que Costa Sur se convierta a gas natural. Arturo Massol de Casa Pueblo ha descrito el proceso de este proyecto como un caso de “corrupción administrativa”, al referirse a la irregularidad, la falta de participación y consulta, así como la ausencia de elementos científicos que lo avalen. Comunidades de Adjuntas, Utuado, Arecibo y Cataño son sólo algunas de las que se verían afectadas por el proyecto y se han manifestado en contra del mismo.
Rivera Santana explica que el CIAPR “en la medida en que cuestiona la conveniencia del tubo, parte de la misma base y coincide con personas dentro de los grupos ambientalistas que no se oponen al gas natural, sino al tubo. Al final, dicen que es mejor no construir el tubo y considerar la opción de convertir Costa Sur y convertir Aguirre”.
“Entendemos, además, que existen alternativas adicionales que deberían ser evaluadas seriamente para cumplir con el objetivo de conversión a gas natural en un tiempo razonable y con un impacto ambiental menos severo”, establece el documento firmado por el ingeniero Miguel Torres Díaz, presidente del CIAPR.
El documento, en su último párrafo, a manera de remate, dice:
“El concepto de justicia ambiental requiere la determinación de tratamiento igual a todas las comunidades en el área de un proyecto, irrespectivo de las condiciones sociales, económicas o étnicas por medio del tratamiento justo y la participación de todas las personas independientemente de su raza, color, origen nacional, cultura, educación o ingreso con respecto al desarrollo, implantación, aplicación de las leyes, reglamentos y políticas ambientales. Tratamiento justo significa que ningún grupo de personas, incluyendo los grupos raciales, étnicos o socioeconómicos, debe sobrellevar desproporcionalmente la carga de las consecuencias ambientales negativas como resultado de operaciones industriales, municipales y comerciales o la ejecución de programas ambientales y políticas a nivel federal, estatal y local. La participación significativa resulta cuando: (1) los residentes comunitarios potencialmente afectados tienen una oportunidad apropiada para participar en las decisiones sobre una actividad propuesta que afectaría su ambiente y/o salud; (2) la contribución del público puede influir el proceso de tomar decisiones reglamentarias de las agencias; (3) las preocupaciones de todos los participantes involucrados se tomarán en cuanta en el proceso de toma de decisiones; (4) las personas que toman decisiones en las agencias deben buscar y facilitar la participación de aquellas personas y grupos que estén potencialmente afectados por sus decisiones. Dado todo lo anterior, la DIA-F debe incluir el sentir de las comunidades afectadas para poder evaluar si cumple con ese principio”.
Lea el texto original publicado en 80grados.net.