Libres y desempleados, así se encontraban la mayoría de los 4,946 egresados de las instituciones penales de Puerto Rico durante el año fiscal 2009 al 2010. El requisito de tener un pasado intachable continúa siendo un obstáculo en el presente para que los ex-convictos se reintegren al mundo laboral.
El discrimen es palpable. Los ex-confinados que cometieron delitos menos graves tienen que esperar seis meses para que les eliminen del certificado de antecedentes penales los delitos cometidos, según lo dicta la Ley Núm. 314 del 15 de septiembre de 2004. Por otro lado, los que hayan sido convictos por un delito grave tienen que esperar cinco años para tener “un récord limpio”.
Aunque las quejas contra este tipo de discrimen no se han hecho esperar, los avances para hacerle justicia a esta población no han sido muchos. El primer escollo lo presentaban inicialmente los propios tribunales. En Puerto Rico, no se aceptaban querellas de discrimen por antecedentes penales hasta el caso de Rosario Díaz versus Toyota de Puerto Rico del 24 de octubre de 2005. Gracias a su jurisprudencia, la Unidad Anti-discrimen del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos comenzó a radicar querellas de prejuicio laboral por antecedentes penales bajo la causal de “condición social” de la Ley Núm. 100 del 30 de junio de 1959, conocida como la “Ley Contra el Discrimen en el Empleo”.
La opinión emitida en este caso por los jueces del Tribunal Supremo Francisco Rebollo, Edgardo Rivera y Liana Fiol Matta estipula los factores que debe considerar un patrono de empresa privada a la hora de contratar a una persona con récord criminal. Entre dichos factores se señala que los patronos deben “evaluar la naturaleza y gravedad del delito”, “la relación entre el delito cometido y el empleo solicitado”, y “el grado de rehabilitación del solicitante”. Pero, ¿cómo puede un patrono medir la rehabilitación de un solicitante? Según Fernando Guzmán Santiago, quien estuvo en prisión 15 años, sólo “el funcionamiento del individuo” les asegura a los reclutadores la rehabilitación de un ex-convicto. “¿Quién me garantiza que el Gobernador de Puerto Rico no va a terminar siendo un corrupto?”, pregunta Fernando para ejemplificar que nadie está exento de cometer una falta.
A pesar de los esfuerzos de la Unidad Anti-discrimen, es importante señalar que entre los años 2006 al 2010 se han sometido sólo 25 casos por discrimen laboral por antecedentes penales.
Un vistazo a la realidad
Las personas que han sido discriminadas por sus antecedentes penales en el ámbito laboral, han experimentado la tristeza y el desaliento que provoca el rechazo. A Juan José Caraballo, ex- confinado y ex-adicto, le decían “te vamos a llamar”, y con humor relata que le “salió afro y canas” esperando esas llamadas.
Luego de estar siete años en prisión por escalamiento y venta de drogas, “Juanjo”, como le conocen, admite que al encontrarse desempleado, recayó en sus antiguas andanzas hasta que “tocó fondo” cuando estuvo al borde de la muerte por una bacteria en el corazón.
Ante este “milagro”, como él lo denomina, se dedicó a terminar su bachillerato en Trabajo Social y su maestría en Orientación y Consejería. Mientras “Juanjo” hacía su práctica en Trabajo Social en la Oficina con Antelación a Juicio de Mayagüez, su superior un día lo llamó y le preguntó “¿quien te mandó para acá con récord criminal?” “Juanjo” reconoce que con antecedentes penales no se permite trabajar en el gobierno y que le brindaron la oportunidad de laborar por un tiempo, pero lo removieron.
Resulta contradictorio que el gobierno tenga una Unidad Anti-discrimen para salvaguardar los derechos de los ex-convictos en la empresa privada, pero no en el servicio público. La Ley Núm. 184 del 3 de agosto de 2004 evidencia que todo candidato que interese ingresar al servicio público no debe “haber sido convicto por delito grave o cualquier delito que implique depravación moral”. Lo que expone esta ley confirma el sentir de “Juanjo” sobre el rechazo de los ex-convictos en el gobierno. Por otro lado, es importante mencionar que en esta misma ley se estipula que sólo si un ex-convicto es habilitado para ocupar un puesto público, podrá laborar en el gobierno.
¿Pero cuán efectivo es el proceso de habilitación? Brenda Morales, directora auxiliar Interina de Habilitación en la Oficina de Recursos Humanos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico (OREHLA), dice que el proceso de habilitación consta de recomendar a las personas con antecedentes penales para que puedan “competir en igualdad de condiciones” con los demás solicitantes de empleo en el gobierno. Morales expresa que ella defiende a “capa y espada” los derechos de los ex-convictos, pero reconoce que en ocasiones el “ser habilitado” también puede ser un comodín de discrimen.
“Nadie me quiere dar trabajo”
Juan del Pueblo, nombre con el cual solicitó ser llamado este ex-confinado, narra que al verse desempleado decía “me quedan tres opciones, asaltar, robar o tirar droga” y la gente le contestaba, “chico no, no hagas eso”. Él les respondía “pero es que nadie me quiere dar trabajo, no creen que uno puede cambiar y echar adelante”. Por otro lado, la sociedad le contestaba a Juan, “te doy dos semanas para verte en vicios”; y con este comentario, él sentía que su autoestima descendía.
Luego de estar 24 años en prisión por robar, Juan ahora se encuentra en libertad y tiene nuevas esperanzas, se ha dado cuenta de que “ni el gobierno, ni tu alcalde hace nada por ti, a menos que tengas padrino, no te bautizas”. Actualmente, consiguió empleo gracias a “Juanjo”, ex-convicto también entrevistado, quien labora en el Instituto Socioeconómico Comunitario. Hoy, Juan del Pueblo se siente útil para la sociedad y expresa que si volviera a estar desempleado, permanecería en “abstinencia” hasta que aparezca otro trabajo. A pesar de su rehabilitación, todavía siente que lo “miran por encima del hombro, aunque esté “acicala’o”. “Tenemos esa mancha y no nos la quieren quitar”, aseveró con sinceridad.
Con una situación similar se enfrentó Pedro. Esta persona estuvo alrededor de ocho años convicta por escalamiento agravado y al salir a “la libre comunidad”, no pudo conseguir empleo porque le pedían el certificado de buena conducta. “Tras que tienes que pagar un precio por tu crimen, cuando sales, tienes que pagar el precio de tener un récord dañado”, comentó. Pedro criticó al Departamento de Corrección y Rehabilitación porque dan cursos técnicos a los confinados y luego los trasladan a otras instituciones, impidiendo así que culminen sus estudios.
Sobre este particular, Eric Rolón Suárez, director de la División Legal del Departamento de Corrección y Rehabilitación, admitió que el Departamento está “luchando” para cambiar la regla de la Junta Examinadora de oficios que prohíbe que confinados tomen los exámenes que validan los cursos. Alegó que debido a esta regla, los reclusos que toman cursos como, por ejemplo, de perito electricista, no pueden graduarse.
Otra historia de discrimen laboral la encarna Rafael, quien estuvo 12 años encarcelado por crímenes relacionados con las drogas. Este entrevistado resaltó que la sociedad “se cree que todo el tiempo uno es un confinado”. Pero lo que estas personas necesitan, según él, es que les “den una oportunidad de vida, de rehabilitarse y de ser un ser humano”. Para Rafael, su futuro está comenzando a aflorar, pues está estudiando para ser chef y aunque está desempleado, asegura que no “volverá a los malos caminos”.
Combatiendo dos sentencias
“Nos preocupan muchas cosas, pero no nos ocupamos en ellas”, piensa Tomás, quien fue convicto 15 años por asesinato. Reincorporarse en la sociedad no fue tarea fácil para él. Según su experiencia, “el mercado laboral para los ex-confinados es un mercado cautivo”. Entiende, además, que “el factor ocio” ocasiona que algunos ex-convictos reincidan en el crimen. Hoy, Tomás funge como supervisor de tratamiento de los Hogares Crea y con su rehabilitación, siente que ha recuperado su dignidad, autoestima y relaciones interpersonales. aconseja que “no se debe mirar al pasado”.
Pero ¿qué se puede hacer para evitar que los ex-confinados sientan que “pagan” una doble condena: la que cumplieron en la cárcel y el discrimen de la sociedad? La abogada de derechos civiles de confinados, Jessabet Vivas Capó, recomienda que los patronos no deben exigir el certificado de antecedentes penales para así evitar el discrimen. También propone que se les “limpie” el récord criminal inmediatamente a quienes hayan cometido un delito menos grave y que a los ex-confinados de delitos graves, les eliminen los antecedentes en un período de seis meses y no en cinco años como estipula la Ley Número 314.
Vivas Capó sugirió además que los “técnicos socio penales” deben conseguirle un empleo a los ex-confinados para evitar la reincidencia en la criminalidad.
De otro lado, la Legislatura ha comenzado a elaborar medidas al respecto. La senadora Melinda Romero y el convicto ex-Senador Héctor Martínez radicaron en el año 2010 el Proyecto del Senado 1730 para enmendar la “Ley Contra el Discrimen en el Empleo” para que se catalogue la condición de ex-convicto como un tipo de “condición social”.
La sección 11 del Artículo II de la Carta de Derechos de la Constitución de Puerto Rico estipula que “Nadie será puesto en riesgo de ser castigado dos veces por el mismo delito”. Si el Sistema Judicial no impone una doble condena a los ex-confinados, ¿por qué habría de emitir la sociedad un segundo veredicto basado en el discrimen?
Nota: Los nombres que aparecen en itálico fueron cambiados para proteger la identidad de los entrevistados.