El gobernador Ricardo Rosselló Nevares convirtió el domingo en ley una medida legislativa que cobija a la Universidad de Puerto Rico (UPR) bajo el manto de la Ley de Reclamaciones y Demandas contra el Estado (Ley 104-1955).
El nuevo estatuto limita la cuantía a la que está sujeta la universidad pública en caso de enfrentar una demanda por actos cometidos por alguno de sus funcionarios o por hechos ocurridos dentro de sus unidades u otras instalaciones de su propiedad.
La Ley 104 dispone que el Estado y las instrumentalidades protegidas son responsables por hasta un máximo de $75,000 por daños sufridos por una persona, y por un tope de $150,000 en caso de haber múltiples perjudicados por la misma causa.
Anterior a la recién firmada ley, a la UPR solo le aplicaba el tope en casos de impericia médica u otras circunstancias relacionadas con el cuidado de la salud. Por lo tanto, no existía un límite de daños reclamables para cualquier otra acción civil presentada en su contra.
De acuerdo con un comunicado de Fortaleza, la ley fue solicitada por la actual administración universitaria “como una medida para atender la crisis fiscal”.