
Varios estudiantes de la Facultad de Derecho de la Universidad de Puerto Rico (UPR) presentaron el recurso de entredicho provisional ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, para exigir que se revierta la orden de cierre sobre todos los recintos de la Universidad. Y es que según expusieron los universitarios, esta orden viola su derecho constitucional a la libre expresión, de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico. Los estudiantes alegaron que dicha acción constituye una censura previa, según ha definido el propio Tribunal. Todo esto surge a raíz de la circular que emitió ayer el presidente interino de la UPR, Miguel Muñoz, en la que ordenó el cierre de los trabajos universitarios en todos los recintos. El Tribunal Supremo de Puerto Rico ha expresado que este tipo de acción constituye una censura previa y la administración universitaria tiene un peso sustancial de demostrar, como requisito constitucional, que la decisión se debe a un peligro inminente. Al no establecerse un peligro inminente, que conlleva violencia persistente y continua, todo acto dirigido a impedir la expresión dentro del foro público que representa la Universidad es una censura previa inconstitucional. El Tribunal Supremo sostuvo, en el caso Sánchez Carambot v. Matheu, 113 DPR 153 (1982), que, para que la administración universitaria pudiese prohibir algún acto dentro del recinto, tendría que existir un cuadro persistente de violencia. El Tribunal dijo que “[p]odemos resumir que la violencia anterior que da lugar a la restricción válida del ejercicio de libertades de expresión y asociación de grupos debe ser de sustancial magnitud y continuidad y debe ocurrir aproximadamente en el mismo lugar en que ahora se proscribe, así como en tiempo reciente” Los estudiantes se encuentran en la espera de que el Tribunal resuelva durante la mañana de hoy, para poder ejercer su derecho a la libre expresión dentro de los predios del Recinto de Río Piedras.