La opinión emitida en los pasados días por el juez federal Juan Pérez Giménez respecto a la inaplicabilidad a Puerto Rico de la determinación del Tribunal Supremo de los Estados Unidos de que el derecho fundamental al matrimonio incluye a parejas del mismo sexo, no es otra cosa que una “protesta”, a juicio de la licenciada Nora Vargas Acosta.
Para la profesora de la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico (UPR), el dictamen de Pérez Giménez evidencia la “posición homofóbica de este Tribunal” que se niega a aceptar lo establecido por el máximo foro judicial en los Estados Unidos. Sin embargo, la postura del juez no debe alterar el estado de derecho que determinó el caso de Obergefell vs. Hodges en la esfera federal el pasado año.
“Esta determinación no puede permanecer como válida porque va en contra de lo que estableció el Supremo de los Estados Unidos y es contraria a lo que ordenó el Tribunal del Primer Circuito en Boston al juez Pérez Giménez. [La opinión de Pérez Giménez] no se puede sostener”, aseguró Vargas Acosta.
La orden de Pérez Giménez surge en el contexto de la demanda presentada en 2014 por la activista Ada Conde, en la que reclama que se reconozca en la Isla su matrimonio con Ivonne Álvarez, con quien se casó en 2004 en el estado de Massachusetts.
El juez federal de distrito establece en su opinión que, debido al estatus territorial de Puerto Rico con Estados Unidos, las determinaciones del Tribunal Supremo Federal no necesariamente se aplican en el País de forma automática. Por lo tanto, explica, que para que las determinaciones del caso Obergefell se aplicaran localmente, se necesitaría que ese cuerpo se expresara explícitamente acerca de la inconstitucionalidad del Artículo 68 del Código Civil de Puerto Rico, que define el matrimonio exclusivamente como la unión entre un hombre y una mujer.
No obstante, de acuerdo a Vargas Acosta, el hecho de que el Supremo federal haya decidido que el matrimonio es un derecho fundamental obliga a Puerto Rico y los demás territorios no incorporados a acatar ese mandato. “Aquí es donde tristemente se añade una agenda política, porque (la aplicación de los derechos fundamentales a Puerto Rico y otros territorios) está resuelto en varias decisiones del Tribunal Supremo de los EEUU. Por lo tanto, la decisión del caso de Obergefell se aplica ya sea bajo la Decimocuarta o la Quinta Enmienda” de la Constitución federal, dijo la licenciada.
“El Tribunal Supremo, dicho sea de paso, ya dijo que aplica a Puerto Rico en el caso que presentó (la legisladora por el PNP) María Milagros Charbonier una vez se resolvió el caso Obergefell”, añadió Vargas Acosta.
La directora de la Sección Sobre Discrimen por Orientación Sexual e Identidad de Género de la Clínica de Asistencia Legal de la UPR destacó que el gobernador Alejandro García Padilla haya mantenido la orden de continuar celebrando los casamientos entre personas del mismo sexo pese al dictamen de Pérez Giménez. Sin embargo, criticó que la legislatura no haya actuado antes, evitando este tipo de situación.
“¿Por qué Eduardo Bhatia, como presidente del Senado, y la Cámara no han hecho el trabajo para que los estatutos se enmienden? ¿Por qué siempre tienen que esperar a que el Tribunal Supremo de EEUU venga a establecer cuáles derechos aplican aquí o no? ¿Cuántos años llevan considerando una revisión al Código Civil?”, cuestionó Vargas Acosta. “Es como si hubiera ciertos temas a los que le rehúyen”.