Con el fácil acceso a las nuevas tecnologías y el frecuente uso de las redes sociales el derecho a la intimidad se ha vuelto una navaja de doble filo.
Durante la conferencia “Tú vales… Relación de la violencia sexual y las redes sociales: implicaciones para los usuarios”,celebrada en la Universidad del Sagrado Corazón el martes, 14 de abril, la licenciada y profesora Irlanda Ruiz Aguirre resaltó la importancia de conocer las consecuencias legales del mal uso de las redes sociales, la toma de fotografías y vídeos sin autorización y la publicación de las mismas en las páginas web.
Por dar un ejemplo, la licenciada recordó el caso de Tyler Clementi, un joven de Nueva Jersey que se privó de la vida luego de haber sido víctima de cyberbulliyng al ser grabado en su dormitorio dándole un beso a otro hombre. Sin consentimiento alguno, el vídeo fue divulgado en la Internet por uno de sus compañeros de cuarto.
Dharun Ravi y Molly Wei, ambos protagonistas de la grabación del vídeo, fueron acusados por invasión a la privacidad e intimidación.
En el caso de Puerto Rico, recientemente han salido a la luz pública varios casos que arremeten contra la dignidad del ser humano, derecho inviolable según la Carta de Derecho de la Constitución del Estado Libre Asociados (ELA). Ruiz Aguirre mencionó el caso de la policía Tatiana Pratts y el de la hija del alcalde de Corozal, ambas involucradas en vídeos y fotos con alto contenido sexual y publicado a través de múltiples plataformas cibernéticas.
Ante estos incidentes, es necesario conocer que una de las acciones legales que se puede llevar a cabo recae sobre el Artículo 168 que destaca que “toda persona que sin justificación legal o sin un propósito investigativo legítimo utilice equipo electrónico o digital de vídeo, con o sin audio, para realizar vigilancia secreta en lugares privados, o en cualquier otro lugar donde se reconozca una expectativa razonable de intimidad será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de tres años”.
“Si usted ahora mismo hace algún tipo de acto sexual identificado como estudiante del Sagrado Corazón, en un lugar que visiblemente sea la universidad, y lo publica, te van a expulsar porque estás poniendo en riesgo el nombre de la institución”, explicó la licenciada, refiriéndose a un panorama más local.
Asimismo, la profesora reveló que para febrero de este año, la Cámara de Representantes aprobó el proyecto que crea la “Ley contra la venganza pornográfica”, donde, según la licenciada, toda persona que sin justificación legal o sin un propósito investigativo legítimo utilice un equipo electrónico o digital de vídeo, con o sin audio, para realizar vigilancia secreta en lugares privados, o en cualquier otro lugar donde se reconozca una expectativa razonable de intimidad será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de tres años.
Según Ruiz Aguirre, otras de las acciones civiles que una víctima de cyberbulliyng o crimen cibernético puede tomar son:
- Demanda en Daños y Perjuicios
- Demanda por Discrimen
- Demanda por violación a la intimidad
- Demanda federal por discrimen a base de diversos estatutos:
- Titulo VII del Acta de Derechos Civiles
- American with Disabilities Act