La corporación de trabajadores Punto Verde solicitó al Tribunal de Primera Instancia de San Juan que emita una orden de interdicto preliminar y permanente que ordene a la Compañía de Parques Nacionales a honrar el contrato que tienen con la entidad, y al Municipio de San Juan a dejar de interferir con el mismo, que supone la administración del parque instalado en los predios del Parque Luis Muñoz Marín hasta el 2017.
El caso recayó en la sala del juez, Angel Pagán, a quien Punto Verde le solicitó que ordene al Municipio de San Juan “que cese y desista de interferir con el referido Contrato, en todos sus extremos y enmiendas, específicamente que (i) no interfiera con el acceso establecido en el Contrato por la Ave. Domenech, que (ii) permita el uso y disfrute cabal del área arrendada a Punto Verde, que (iii) deje de arrojar basura en las inmediaciones de Punto Verde, que (iv) no interfiera con el acuerdo con la Compañía de Turismo para que Punto Verde coordine la limpieza, pintura, siembra, arreglo de la fuente que están en la entrada de la Domenech (v) deje sin efecto cualquier acción de desalojo por ser ineficaz, nula y contraria a derecho”.
“El Contrato otorgado por la CPN en el 2006, se enmendó el 6 de septiembre de 2007 para incluir el terreno llamado la Isla al predio sujeto a concesión, el 24 de enero de 2008 para incluir el terreno llamado los Pabellones y el 28 de mayo se extendió el término de vigencia. Finalmente y a petición del Banco de Desarrollo, mediante enmienda titulada “Amendment to the Concession Agreement” se extendió el término de arrendamiento y concesión hasta el 5 de noviembre de 2017”.
El municipio de San Juan cerró la entrada al parque temático por la avenida Domenech, alegando que como nuevo titular del Parque Luis Muñoz Marín, tiene potestad sobre los terrenos donde se desarrolla Punto Verde desde el año 2002.
Es precisamente la transferencia de ese parque al municipio, uno de los planteamientos de los licenciados Harry Anduze Montano y José Alberto Morales Boscio, representantes de Punto Verde, que alegan que justifica la intervención del foro judicial de Instancia ante la violación de derechos constitucionales a los demandantes.
“Esta Resolución Conjunta es nula, contraria a derecho y en clara violación al mandato de la Ley 114, según enmendada. Nótese que la Resolución Conjunta ordena al Director de Parques Nacionales a transferir a título gratuito al Municipio de San Juan el Parque Nacional Luis Muñoz Marín y ello es contrario al claro mandato de la Ley 114”, lee la demanda jurada radicada en la tarde del miércoles.
La Ley 114 que creó la Compañía de Parques Nacionales precisamente fue enmendada en el 2004 para prohibir la transferencia de las propiedades a municipios, entre otras entidades.
“En violación al mandato de intransferibilidad dispuesto en la Ley 114, según enmendada, la Legislatura aprobó la Resolución Conjunta 180, aprobada el 30 de diciembre de 2010”, planteó Punto Verde, advirtiendo que la resolución “viola el claro precedente judicial establecido en CRIM v. Méndez, supra. Como ha resuelto nuestro Tribunal Supremo “…lo nulo nunca tuvo eficacia alguna, nunca nació en derecho, nunca existió”. Montañez Rivera v. Policía de P.R., res. el 3 de mayo de 2000, 2000 TSPR 68”.
Punto Verde es un eco-parque temático para niños, operado por Punto Verde PT Inc. que es una corporación propiedad de los trabajadores, incorporada al amparo de la ley de Corporaciones de Puerto Rico. En el parque laboran unos 100 empleados, en su mayoría residentes de residenciales públicos de San Juan.
Esta corporación se creó con el propósito de crear consciencia ecológica y de servir como base de negocio para otras microempresas independientes que aseguran la auto-sustentabilidad de distintos sectores del trabajo y de la actividad empresarial en Puerto Rico. Todo esto con especial énfasis en las comunidades más desventajadas y de escasos recursos económicos, como incentivo y medida de reducción de la pobreza.
“De hecho, sus empleados son accionistas de la corporación y cuenta con una nómina de empleados de alrededor de 100 personas, entre ellos en su mayoría gente de escasos recursos. Además, este proyecto comunitario es cónsono con la política gubernamental del modelo legislado de las Alianzas Público Privada”, lee el documento legal .
En la petición al foro judicial, se solicitó que “emita Orden de Entredicho Provisional, Injunction Preliminar y Permanente ordenando a la Compañía de Parques Nacionales en virtud su ley habilitadora, la Ley 114, cumplir, honrar y respetar el contrato “Concession Agreement for the Operation of an Eco Park within Luis Muñoz Marín” en todos sus extremos incluyendo sus posteriores enmiendas”.
*Lea el reportaje en Pesquisa Boricua